MARCO LEGAL DE APLICACIÓN PRIMARIA
NORMA REGULATORIA | NOMBRE | ALCANCE |
---|---|---|
LEY 1527 DE 2012 | LEY DE LIBRANZA | Regula la originación de créditos por libranza y los descuentos directos de salarios, pensión y honorarios. |
LEY 1902 DE 2018 | LEY COMPLEMENTARIA DE LA LEY 1527 DE 2012 | Se obliga a la constitución de Gerencia de Riesgos y de Patrimonio Autónomo. |
DECRETO 1348 DE 2016 | DECRETO REGLAMENTARIO LEY 1527 DE 2012 | Por el cual se reglamentan la revelación de información y la gestión de riesgos en la venta y administración de operaciones de libranza efectuadas al amparo de la Ley 1527 de 2012. |
DECRETO 1008 DE 2020 | REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 1902 DE 2018 | Reglamenta la transferencia de datos personales y demás información prevista a la Cámara de Comercio en su función de administrador del Registro Único de Entidades de Operadoras de Libranza y descuento directo. |
LEY 1480 DE 2011 | ESTATUTO DEL CONSUMIDOR | El estatuto, contempla un conjunto de normas de orden público, que regulan las relaciones de consumo derivadas de la cadena de comercialización de bienes y servicios entre productores, proveedores o expendedores y consumidores. Los ejes de protección son: problemas en la prestación de un servicio, telecomunicaciones, fallas en un producto o de baja calidad, incumplimiento de garantías, información engañosa, incumplimiento de incentivos ofrecidos, inconvenientes con el precio de un producto o el pago de un servicio, financiación de compras y servicios postales. |
LEY 594 DE 2000 | LEY GENERAL DE ARCHIVO | La Ley establece las reglas y principios generales que regulan la función archivística del Estado, las entidades privadas que cumplen funciones públicas y los demás organismos regulados por la Ley. |
LEY 1266 DE 2008 | LEY DE HABEAS DATA | Se aplica a todos los datos personales financieros, crediticios, comerciales y de servicios registrados en un banco de datos administrados por entidades públicas o privadas. En este sentido, la aplicación de dicha ley se encuentra encaminada a regular el uso de esa información y, por tanto, otro tipo de datos se encuentran excluidos de la aplicación de esta norma. |
LEY 1581 DE 2012 | PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES | Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales. |
DECRETO 1881 DE 2012 | POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE EL ARTÍCULO 14 DE LA LEY 1527 DE 2012. | Reglamenta parcialmente el artículo 14 de la Ley 1527 de 2012, con el fin de dar continuidad a las operaciones de libranza y/o descuento directo hasta tanto entre en operación el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza, rigiéndose por los términos y plazo en que fueron pactadas hasta la extinción de la(s) obligación(es) que le dieron origen. En caso de cesión a otra entidad operadora, reliquidación o cualquier modificación a las condiciones inicialmente pactadas para las operaciones se sujetarán a lo establecido por la Ley 1527 de 2012 y demás normativa sobre la materia. |
DECRETO 2620 DE 2013 | POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 14 DE LA LEY 1527 DE 2012 | El Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza-Runeol, es el registro virtual llevado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que tendrá como objetivo, dar publicidad a las entidades operadoras de libranza o descuento directo que cumplan con los requisitos para la inscripción establecidos en la ley y el presente decreto, y se les haya asignado el código único de reconocimiento a nivel nacional. |
DECRETO 2371 DE 2014 | POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 9º Y EL PARÁGRAFO TRANSITORIO DEL ARTÍCULO 13 DEL DECRETO NÚMERO 2620 DEL 2013. | Renovación del Runeol. La inscripción en el registro estará vigente por un (1) año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se asigna el respectivo código único en el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o descuento directo (Runeol) a cada entidad operadora, y se deberá renovar dentro del mes anterior a su vencimiento. Para el efecto, se utilizará el formulario correspondiente, al cual deberán anexarse los mismos documentos exigidos para la inscripción, salvo aquellos que se hubiesen aportado anteriormente y que no pierdan su vigencia. |
DEMÁS NORMAS ESTATUTARIAS Y/O ORGÁNICAS EMITIDAS POR EL GOBIERNO NACIONAL CON RESPECTO AL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE LA COMPAÑA.
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